Descubre
como te estafan las compañías de seguros
¿Has tenido
un accidente con tu vehiculo? Puedes estar seguro que te han engañado. Si
dedicas unos minutos a la lectura de este post te podrás librar del clásico
engaño que se ha hecho crónico. Ya no se trata de la famosa “letra pequeña” que
se encontraba en todas las pólizas donde se excluían los daños a indemnizar ya
que las condiciones para la cobertura del seguro raramente se podían cumplir, o
como las condiciones que publicitaba un anuncio en la TV en referencia a su
competencia al mofarse que en la “letra pequeña” incluía los daños por nevadas
en el sur de España y los excluía en el norte. El cálculo de posibilidades de
que caiga una nevada que ocasione daños en Sevilla son más bien mínimas, no
obstante se paga en la prima. No se trata de daños que las compañías tienen que
cubrir de peras a uvas se trata de daños que cada día, en toda España, se
producen a cientos por no decir miles. Los siniestros de los daños
ocasionados a terceros en los accidentes entre vehículos, en lugar de cubrir
los daños se sacan de la manga un engaño hábilmente preparado para convencer a
la victima. Estas víboras para hacer entrar por el aro a quien es victima
de sufrir unos desperfectos en su vehiculo, ocasionados por un tercero, se
apoyan en una inventada la legislación vigente que les permite irse de rositas.
Esto explicado así tendría que ser delito pero esas compañías aseguradoras su
materia prima es su servicio jurídico quien redacta las pólizas y se saca de
encima a quien proteste. La otra pata del tinglado asegurador son los
actuarios, que aplican modelos estadísticos y matemáticos para averiguar el
riesgo que se produzca un evento con tal de asignar una prima a la póliza y que
además la compañía aseguradora obtenga un beneficio. En definitiva, se trata de
cobrar las pólizas, a los clientes, y escaquearse en el pago de las coberturas
cuando se produce un siniestro.
Podemos
describir un caso concreto como los que se producen a cientos cada día. Por
ejemplo tú mismo, tienes un utilitario que te es necesario para ir a trabajar,
tu seguro es a terceros pero para no divagar sería mejor ir a la web de UNESPA
la Asociación Empresarial del Seguro a ver que nos dice respecto al seguro del
automóvil. Dice así: ¿Qué cubre mi seguro del coche? Todo
propietario de un vehículo a motor está obligado a contratar y mantener en
vigor una póliza de seguro que cubra la Responsabilidad Civil del
conductor que se derive de los daños, tanto personales como materiales,
ocasionados a terceras personas como consecuencia de un hecho de la
circulación. Seguro Obligatorio (SOA). Este seguro cubre la
responsabilidad civil del conductor frente a terceros, pero no los daños
personales ni materiales que el conductor o su coche sufran cuando el conductor
sea culpable de ese accidente. Parece que queda claro, lo que llamamos
seguro a terceros cubre los daños que le puedas ocasionar a otro y no cubre los
propios. Ahora resulta que un coche colisiona por atrás con el tuyo cuando
disminuyes la marcha por un semáforo, puede ser por varias razones: va
distraído, no guarda la distancia ….. la cuestión es que él es culpable del
accidente. No queda más remedio que hacer el parte del accidente, él lo remite
a su compañía y tú a la tuya. Tu compañía aseguradora te solicita a que taller
lo vas a llevar a reparar para enviar al perito para evaluar el siniestro. Es a
partir de aquí donde empieza el engaño.
Cuando el
perito aparece por el taller para evaluar los daños, tu entiendes como
cualquiera, que este individuo se presenta para que objetivamente fije un
precio de la reparación que deberá pagar la compañía de nuestro contrario que
nos ha dado el golpe. Con la peritación se asegura que el taller no le cobre de
más y que se atenga al daño ocasionado por la colisión. ¿Parece que queda
claro? Pues no, el perito, por llamarlo de alguna manera, es el cómplice
necesario y tan solo acude a hacer el paripé. Veamos el papelón del cómplice
que se limita a tomar nota del valor venal que es el valor que aparece en una
lista que utiliza el gremio de compra venta de coches usados y que no tiene
ningún rigor nada más el que le quieran dar como indicativo y sin ningún valor
legal. A continuación tu compañía te llamara por teléfono y te informará que
el perito ha declarado tu vehiculo como “siniestro total” por lo que los daños
a cubrir se limitan al valor venal y santas Pascuas, aquí te pillo y aquí
te mato. Cuando protestes te dirán que eso es lo que dice la Ley y que no
tienes nada que reclamar. Lo presentan como lo tomas o lo dejas y de poco les
sirve que digas que los desperfectos no son de tal magnitud como para que se
les declare como un vehiculo irrecuperable, que el valor venal, después de
comprobar en Internet casas de compraventa de vehículos de segunda mano, no hay
ninguno por ese precio, que ese precio es en el caso de que lo quiera vender
que no es el caso. Así, con estos argumentos, puedes gastar un cubo de saliva y
esas víboras no se mueven que es la Ley que así lo dice. Esperan que te canses
para salirse con la suya, saben que tu necesitas el coche y acabarás aceptando
el cheque con el importe del valor venal.
restitución in integrum: volver a poner las cosas en su estado anterior
Antes de
tomar una decisión es necesario hacer un diagnostico. Veamos lo que estos
bichos de tu compañía se llevan entremanos, actúan en evidente perjuicio
a sus clientes que les han pagado una prima para que actúen frente a la
compañía contraria y les resarzan de los daños que ha provocado un tercero. Tu,
que no eres de aquellos que se chupa el dedo decides plantarles cara y para
empezar les solicitas por escrito, por correo electrónico también es valido,
que te especifiquen, asimismo por escrito, a que Ley se refieren ya que no la
citan en ningún momento. Recibirás una información para confundirte sobre la
base jurídica en la que se apoyan, que irá por este estilo: La Ley a la que
se refieren es el Código Civil, concretamente el artículo 1902, que según
ellos dice así: El que por acción u omisión causa daño a otro, causado.
Pero si vas al artículo 1902 dice algo más: El que por acción u omisión
causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a
reparar el daño causado. Omiten lo más importante que están obligados a
reparar el daño y no salirse de rositas indemnizando con un importe que
corresponde con el valor venal que se sacan de la manga. No acaba aquí la cosa
te soltarán un rollo que va de este palo “No obstante informarle que frente
al principio de “restitución in integrum” la jurisprudencia asentada
establece que el resarcimiento de los perjuicios causados debe ser justo y que
éste no produzca enriquecimiento al perjudicado y que no
resulte desproporcionado para el responsable. Es por ello que el juez tiene la
capacidad para moderarlas”. Encima de que te están robando ya que la
indemnización (la del valor venal) no cubre el coste de reparar el vehiculo te
hablarán de que te estas enriqueciendo. Lo que faltaba cornudo y tener que
pagar la cama.
Lo primero
que hay que hacer es solicitar al taller, donde esta el coche esperando ser
reparado, un presupuesto del arreglo. Para movernos con claridad será mejor
aportar unas cifras que nos servirán de ejemplo. Observarás que tu compañía que
te asegura los daños a terceros y te tramita el resarcimiento de los daños que
te han producido en ningún momento ha dejado por escrito el resultado del
informe del perito tasador, solo te ha informado verbalmente que el
valor venal era de 1.800€ y el coste de la reparación se tasaba en 3.900€
(te recuerdo que es un ejemplo) e incluso cuando lo solicitaste no se te
proporcionaron. Para complementar los números falta añadir el importe del
presupuesto que te ha facilitado el taller por la reparación del vehiculo:
2.882€. Aquí llegamos al magma del engaño, es su “propio” perito el que
determina el coste de la reparación falseando la realidad. ¿Por qué hincha el
coste la reparación? El perito facilita un coste sustancialmente más elevado
del proporcionado por el taller a tu petición. ¿Su función no era la de
determinar el importe de la factura del taller? ¿Hay alguna razón en este
proceder? El paripé y el engaño quedan al descubierto, lo que se pretende, por
los importes facilitados por el cómplice necesario, el domesticado perito es
adaptarse a la Sentencia del Tribunal Supremo del 3 de marzo de 1978 y 9 de
julio de 1957 cuando habla que la diferencia entre el valor venal y coste de la
reparación NO supere el 100%, la indemnización será el de la reparación del
vehículo.
Todo cuadra,
en tu caso particular el valor venal es de 1.800€ entonces el coste de la
reparación ya no tiene que ver con los desperfectos del vehiculo sino los que
“su perito” se saca de la manga con tal que supere el 100%, es decir 3.900€
(supera en 300€ el 100%) y por arte de magia se puede declarar siniestro total
y en lugar de cubrir los desperfectos según reza el artículo 1902 del Código
Civil, antes citado, se escaquean de pagar los daños poniendo de por medio la
Ley. Menudos sinvergüenzas. La realidad es bien distinta, recordemos: una vez
solicitado el presupuesto de reparación, al mismo taller que el diligente
perito acudió, este asciende a 2.882€, el 60% mayor que el valor venal ¿Qué
importe indemnizaba la compañía? 1.800€ (el valor venal) pues te toca rascar tu
bolsillo, sin comerlo ni beberlo, con 1.082€. Si por cada accidente, sin
importancia, se ahorran mil euros les sale a cuenta montar este tinglado por la
vía de la estafa. Cuesta comprender que siendo tu compañía que te cobran una
prima por ejercer su labor te engañen con información falsa en tu perjuicio
y a favor de la compañía contraria al aplicarte el siniestro total cuando no lo
es. Más bien parece que están conchabados entre compañías con tal de eludir
una buena parte de los siniestros que se producen al rapiñar cientos de
millones año tras año. Si hasta ahora el populacho ha ido aguantando carros y
carretas de lo que abiertamente es un engaño rascándose el bolsillo este ha
llegado a su fin.
¿Qué hacer? Te
recomendaría, una vez que sabes el argumento de la película, que no te
doblegues ante estas víboras y recabes toda la información posible utilizando
el correo electrónico, en todo momento debes de saber que persona es tu
interlocutor y que te expliquen en base a que Ley te aplican el siniestro total
y los importes facilitados por el perito tasador. Cuando tengas esta
información muestra tu disconformidad, siempre por escrito, y acepta el cheque
por el valor venal. Ingresado y cobrado el importe reúnes la parte documental y
lo denuncias a la policía, si, he dicho la policía no sólo porque te han
levantado 1.082€ con engaño sino por la estafa supermillonaria en la que pillan
a todo ser viviente con un vehiculo asegurado a terceros. La policía podrá
probar en su zona de influencia que en los talleres de reparación de chapa y
pintura se acumulan vehículos en espera de que sus propietarios encuentren los
fondos necesarios para cubrir la reparación de su bolsillo. Varias denuncias en
este sentido, en distintos lugares del país, podrán acreditar la estafa continuada
que estos golfos de las aseguradoras someten al populacho obteniendo beneficios
con la precariedad de una población apaleada por todas partes. Cada compañía
aseguradora pertenece a un banco lo que permite decir que de tal palo tal
astilla. Por último y para poner el broche final una reflexión: si tu
compañía, en lugar de defender tus intereses defiende los de la compañía
contraria, que es la que tiene que pagar los desperfectos, quiere decir que
actúan conchabadas bajo el principio “hoy por mi y mañana por ti”.
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